NUEVA CIRCULAR DE LA FISCALÍA SOBRE LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL

La ultima circular de la fiscalía 3/2017, de 21 de septiembre, trata la reforma del Código Penal operada por la LO 1/2015, de 30 de marzo, en relación a los delitos de descubrimiento y revelación de secretos y los delitos de daños informáticos.

Por un lado, algunas de las novedades introducidas en los delitos de descubrimiento y revelación de secretos, son:

“Las modificaciones operadas en estos delitos proceden de dos    momentos distintos en la tramitación parlamentaria del proyecto de ley de reforma del CP. En un primer momento las modificaciones se    limitaban a la incorporación, en un apartado (4 bis) del art. 197, de un nuevo tipo penal para sancionar las conductas de quienes sin autorización de la persona afectada difundieran o revelaran   a terceros imágenes o grabaciones de carácter privado obtenidas con la anuencia de aquella cuando dicha divulgación supusiera un grave menoscabo en su intimidad y, por otro lado, a efectuar una pequeña modificación de carácter sistemático, en el apartado 7 del citado precepto”.

Por otro, algunas de las modificaciones efectuadas en los delitos de daños informáticos:

El legislador, apartándose del criterio seguido en la anterior regulación, ha estimado oportuno tipificar y sancionar en artículos separados las conductas ilícitas dirigidas contra datos informáticos, programas informáticos y documentos electrónicos ajenos, de aquellas otras cuyo objeto es el de obstaculizar o interrumpir el normal funcionamiento de sistemas informáticos; recogiendo las primeras en el art. 264, que recibe nueva redacción, e incorporando un nuevo precepto, el 264 bis, para los delitos relativos a los daños sobre sistemas informáticos. Con ello se realiza una adaptación de nuestra normativa interna más fiel a la Directiva Europea, que contempla separadamente los dos tipos de conductas: las primeras en el art. 5 subtitulado como Interferencia ilegal en los datos y las segundas en el art. 4 bajo el epígrafe Interferencia ilegal en los sistemas de información”.

Puede consultar la Circular 3/2017 aquí.

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