EL SUPREMO DICTA SENTENCIA FIRME A FAVOR DE LAS EMPRESAS DEFENDIDAS POR BONET ABOGADOS EN EL “CASO APPLE” DE LA CALLE COLÓN

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado sentencia firme a favor de ARQUITASA y ASEMAS, las compañías defendidas por Bonet Abogados en procedimiento judicial popularmente conocido como “Caso Apple”. El caso se remonta al año 2010, momento en que nuestra firma decidió representar los intereses de las compañías aseguradoras en este proceso. En una primera instancia, la Audiencia Provincial de Valencia dictó sentencia favorable a los intereses de nuestros representados en este procedimiento penal tramitado bajo el nº 82/2016, de la Sección 4ª.

La sentencia emitida por el tribunal desestimaba en su integridad la acción promovida, tanto en el orden penal,  como en el aspecto defendido por nuestro despacho: el de RESPONSABILIDAD CIVIL o INDEMNIZATORIA. Así, el tribunal declaró que no había lugar a que tuvieran que abonarse los dos millones de euros que se exigía como indemnización a ARQUITASA y ASEMAS por parte del querellante, compañías cuyos interesas fueron representados por Bonet Abogados.

El análisis de la sentencia avalaba los criterios de defensa seguidos por nuestro equipo desde el principio. El tribunal -en un  texto muy técnico, claro y especialmente duro respecto a la acción acusatoria- llegó a señalar la manipulación del procedimiento llevado a cabo por los querellantes, tanto en el proceso civil como en el penal, hasta el punto que la Sala habló de temeridad en la acción llevada a cabo. En consonancia, la sala impuso -de forma poco habitual- a la parte querellante las costas del procedimiento, tanto por las penas solicitadas como por las indemnizaciones pedidas.

Tras ser recurrida aquella sentencia de la Audiencia Provincial ante el Tribunal Supremo, la Sala de lo Penal del alto tribunal ha rechazado los recursos de casación interpuestos y ha fallado en fecha de 19 de junio de 2017 a favor de nuestros representados. La sentencia firme recoge que no ha lugar a los recursos de casación interpuestos por las representaciones de D. José Antonio Gonzálbez Alberola y Edilauria SL contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Valencia, Sección IV, de fecha 15 de septiembre de 2016, con imposición a los recurrentes de las costas de sus respectivos recursos”.

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